ANUNCIO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL BORME
ESCISIÓN DE EMPRESAS
ACEITES DE MAQUIZ, S.L.
(Sociedad escindida)
OLIVARES DE MAQUIZ, S.L.
(Sociedad beneficiaria nueva creación)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 7/2023, de 28 de junio, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la entidad ACEITES DE MAQUIZ, S.L., celebrada el día 12 de enero de 2026, acordó la escisión parcial de la sociedad mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio, que constituye una unidad económica, a favor de la entidad OLIVARES DE MAQUIZ, S.L., de nueva creación.
La operación comprende los activos afectos a la actividad agrícola, que serán adquiridos por la sociedad beneficiaria, recibiendo los socios de la sociedad escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria en la misma proporción a los derechos que tenían en el capital social de la primera. En relación con este acuerdo se da publicidad a lo siguiente:
PRIMERO
La escisión parcial se ha aprobado sobre la base del Proyecto Común de Escisión formulado y aprobado por el órgano de administración de la sociedad escindida con fecha 25 de noviembre de 2025, el cual fue publicado en la página web de la sociedad.
SEGUNDO
Como consecuencia de la escisión parcial aprobada, la sociedad escindida no se disuelve, reduciendo su capital social en la forma y cuantía prevista en el Proyecto de Escisión. La sociedad beneficiaria adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido.
Los socios de la sociedad escindida recibirán las participaciones en que se divide el capital social de la beneficiaria en la misma cuantía y proporción en que han aminorado su participación en la escindida.
TERCERO
El proceso de escisión se ha tramitado siguiendo el régimen simplificado previsto en el artículo 71.1 del Real Decreto Ley 5/2023, habiéndose puesto a disposición de socios y trabajadores la documentación prevista en el artículo 46 del citado texto legal, sin que se haya formulado observación u oposición alguna a la operación.
CUARTO
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro del proyecto de escisión y de los balances aprobados en el domicilio social, así como su consulta en la página web de la sociedad.
Igualmente, se informa a los acreedores de su derecho a oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la publicación de este anuncio, conforme a lo previsto en los artículos 10 y 13 del Real Decreto Ley 5/2023.
En Mengíbar, a 9 de marzo de 2026.


